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Ingreso Mínimo Vital 2026: cuánto se cobra, requisitos y cómo pedirlo

El IMV garantiza unos ingresos mínimos a los hogares en situación de vulnerabilidad. En 2026 sube un 11,4 %. Te explicamos cuánto cobra cada tipo de hogar y qué hay que cumplir.

Ilustración de una casa azul con cuatro figuras estilizadas de distinto tamaño, que representan una unidad de convivencia.
Ilustración: Nexos Políticos.

Información verificada a 21 de octubre de 2026. Cuantías vigentes en 2026. Para calcular tu caso concreto, usa el simulador oficial de la Seguridad Social.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a las personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. En 2026 sus cuantías suben un 11,4 %: una persona que vive sola tiene garantizados 733,60 euros al mes (8.803,20 al año). La cantidad aumenta según el número de miembros del hogar y existe un complemento por cada hijo menor. El IMV no paga siempre esa cifra completa: cubre la diferencia entre lo que ingresa el hogar y la renta garantizada.

Cuantías de referencia en 2026

Situación Renta garantizada
Una persona sola 733,60 € al mes (8.803,20 € al año)
Cada miembro adicional +30 % sobre la cuantía individual (máximo: 220 %)
Hogar monoparental Complemento del 22 %
Persona con discapacidad igual o superior al 65 % Complemento del 22 %
Complemento de ayuda para la infancia (por hijo) Al mes
Menores de 3 años 115,00 €
De 3 a 6 años 80,50 €
De 6 a 18 años 57,50 €

Cómo se calcula lo que cobras

El IMV completa los ingresos del hogar hasta la renta garantizada que le corresponde. Si una persona sola no tiene ningún ingreso, cobra los 733,60 euros. Si gana 300 euros al mes, el IMV le paga aproximadamente la diferencia. Por eso, dos hogares del mismo tamaño pueden cobrar cantidades muy distintas.

La Seguridad Social tiene un simulador en su web que hace el cálculo con tus datos.

Requisitos principales

  • Residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante, al menos, el último año, con algunas excepciones (por ejemplo, víctimas de violencia de género o de trata).
  • Vulnerabilidad económica: se valoran los ingresos del año anterior y el patrimonio del hogar, sin contar la vivienda habitual.
  • Si sois varias personas, formar una unidad de convivencia constituida desde hace al menos seis meses.
  • Quien lo solicita debe tener, en general, 23 años o más. Hay excepciones para personas más jóvenes con hijos a cargo o en otras situaciones.
  • Inscribirse como demandante de empleo, salvo excepciones.

Cómo pedirlo

  1. Por internet, en la sede electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital, Cl@ve o sin identificación mediante un formulario.
  2. Presencialmente, con cita previa, en un centro de atención de la Seguridad Social.

La solicitud la presenta una persona del hogar, pero deben firmarla todos los miembros adultos. Si se concede, el derecho nace el primer día del mes siguiente a la solicitud y el pago es mensual.

Lo que conviene saber

  • Es compatible con trabajar, dentro de ciertos límites: no se pierde automáticamente al encontrar empleo.
  • Hay que hacer la declaración de la renta. Todas las personas titulares del IMV y todos los miembros de su unidad de convivencia están obligados a presentarla, aunque no tengan ingresos, según la Agencia Tributaria. Lo explicamos en quién está obligado a declarar.
  • Tributación: las prestaciones de este tipo solo tributan en el IRPF en la parte que supera, en conjunto, 1,5 veces el IPREM (unos 12.600 euros al año).
  • Pensiones: si algún miembro cobra una pensión, el IMV se reduce en esa cantidad. Las cuantías de las pensiones mínimas y no contributivas están en este artículo.
  • Farmacia: quienes cobran el IMV no pagan los medicamentos con receta.

Qué ha cambiado en 2026

La subida del 11,4 % es la misma que la de las pensiones no contributivas, porque la cuantía básica del IMV equivale a la pensión no contributiva anual dividida entre doce. Es bastante superior a la revalorización general de las pensiones contributivas (2,7 %).

Fuentes consultadas

  1. Pensiones 2026: subida y revalorización (incluye IMV) — La Moncloa
  2. Ingreso Mínimo Vital en 2026: novedades, requisitos y cuantías — BBVA Mi Jubilación
  3. Ingreso Mínimo Vital: información, simulador y solicitud — Seguridad Social
  4. Obligación de declarar en el IRPF (Renta 2025) — Agencia Tributaria

Consultadas el 21 de octubre de 2026.